Generalidades
Debido
a ciertas necesidades de información, un cliente puede requerir a un contador
público que lleve a cabo un trabajo de compilación de información financiera.
Generalmente,
el trabajo del contador público y su informe de compilación de información financiera
incluye la preparación de estados financieros, pero también puede incluir el
reunir, clasificar y resumir otra información financiera.
Vigencia
El
presente boletín entrará en vigor y deberá ser aplicado en forma obligatoria en
trabajos de compilación de información financiera que se realicen a partir del
1º de abril de 2011; sin embargo, se recomienda su aplicación anticipada.
Alcance
Este
boletín se refiere al trabajo e informe que el contador público emitirá sobre
el trabajo de compilación de información financiera, acordado con el cliente. Por
lo tanto el boletín no norma la actuación del Contador Público en relación sobre los estados financieros y
otros informes que se encuentran reguladas por las Normas Internacionales de
Auditoria.
Objetivo
El
propósito de este boletín es establecer normas y proporcionar lineamientos
sobre las responsabilidades profesionales del contador público, cuando realiza
un trabajo para compilar información financiera y sobre la forma y contenido
del informe que emita en relación con dicha compilación. Estas normas y
lineamientos deben también aplicarse, al grado en que sea factible, a trabajos
para compilar información no financiera, asumiendo que el contador público
tiene un adecuado conocimiento de la misma.
Informes sobre el trabajo de compilación
financiera
Este
debe de contener lo siguiente;
a) Titulo
b) Destinatario
c) Una declaración de que el trabajo fue realizado de
acuerdo con las normas establecidas.
d) Una declaración de que el contador es independiente a la
entidad
e) Identificación de la información financiera haciendo
notar que se basa en información proporcionada por la administración.
f) Una declaración de que la administración es responsable
por la información financiera compilada por el Contador Público.
g) Una declaración de que no se ha llevado a cabo una auditoría
ni una revisión y que, consecuentemente, no se expresa opinión alguna sobre la
información financiera.
h) Un párrafo, cuando se considere necesario, llamando la
atención a la revelación de desviaciones de importancia respecto del marco
conceptual identificado para informes financieros.
i) Fecha del informe
j) Dirección del Contador Publico
k) Firma del Contador Publico
Hola Laura!
ResponderBorrarLa información que incluiste en tu blog me parece la adecuada ya que al lector le permite darse una idea clara de lo que trata el boletín 11020 al abordar los puntos mas importantes.
En lo personal me pareció importante que mencionas los elementos que debe contener el informe sobre trabajos para compilar información financiera asi como cuando entro en vigor este boletín.